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¿Tu empresa está realmente protegida? Los seguros obligatorios que no puedes pasar por alto en Perú
Equipo JLH
25 de junio de 2026, 17:23

¿Tu empresa está realmente protegida? Los seguros obligatorios que no puedes pasar por alto en Perú

En el día a día empresarial, es común enfocarse en ventas, crecimiento y expansión. Sin embargo, hay una pregunta clave que todo empleador debería hacerse:

¿Estoy cumpliendo con todos los seguros obligatorios que exige la ley en Perú?

Más allá de evitar multas, contar con los seguros correctos protege la continuidad de tu negocio, la estabilidad financiera de tu empresa y sobre todo el bienestar de tus trabajadores.

Aquí te explicamos los principales seguros obligatorios que no puedes pasar por alto.

Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR)

Si tu empresa desarrolla actividades consideradas de alto riesgo (construcción, minería, industria, entre otras), el SCTR no es opcional, es obligatorio por ley.

Este seguro cubre:

  • Atención médica en caso de accidente laboral

  • Rehabilitación y gastos hospitalarios

  • Pensión por invalidez

  • Pensión de sobrevivencia en caso de fallecimiento

El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo aplica a empresas cuyas actividades están contempladas en el listado oficial de actividades de riesgo.

 No contratarlo puede generar:

  • Multas administrativas

  • Demandas laborales

  • Responsabilidad directa del empleador frente a accidentes

Seguro Vida Ley

Toda empresa que tenga trabajadores en planilla debe otorgar el Seguro Vida Ley desde el inicio del vínculo laboral.

El Seguro Vida Ley cubre:

  • Fallecimiento natural

  • Fallecimiento accidental

  • Invalidez total y permanente por accidente

Es una obligación regulada por el Ministerio de Trabajo y su incumplimiento puede generar sanciones económicas y contingencias legales importantes.

Más que un requisito, es una muestra de respaldo y compromiso con tu equipo.

 SOAT 

Si tu empresa cuenta con vehículos (flota, autos comerciales, motos de reparto, etc), es obligatorio contar con el:

Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT)

Este seguro cubre:

  • Lesiones personales

  • Incapacidad temporal

  • Gastos médicos

  • Fallecimiento de ocupantes y terceros

Circular sin SOAT vigente implica multas, retención del vehículo y responsabilidad directa frente a daños.

Acerca de esta publicación

Este artículo forma parte del boletín informativo de JLH Consultores. El contenido ha sido redactado con fines informativos y educativos para el sector asegurador.

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